Código Técnico de la Edificación


COMPENDIO DE NORMATIVA DE LA CONSTRUCCIÓN EN ESPAÑA

El código técnico de la edificación es, desde 2006, el conjunto de normas que regulan la construcción de edificios en España. Es una normativa de obligado cumplimiento, basada en prestaciones -de habitabilidad, de seguridad, de salubridad, de ahorro de energía-, que pretende contener y unificar una gran cantidad de reglamentos anteriores. Es el libro gordo que todo proyectista debe tener conocer y consultar.

No desmenuzaremos el código técnico de la edificación puesto que no acabaríamos nunca -es un conjunto de 12 tomos- pero pretendemos explicar qué tipo de requisitos exige, qué carácter tiene y, a nuestro entender, mencionaremos sus virtudes y sus defectos.

 

¿Qué había antes del código técnico de la edificación?

Desde 1957 hasta 1977 las normas que regulaban el ámbito de la construcción en España eran las normas “MW”, llamadas así porque las publicaba el Ministerio de Vivienda. En 1977, por medio de Real Decreto, el Gobierno decide crear un marco unificado y crea las “NBE”, Normas Básicas de la Edificación, de obligado cumplimiento, que se complementan con las “NTE”, Normas Tecnológicas de la Edificación sin carácter obligatorio, que dan desarrollo práctico a las NTE.

La Ley que lo cambia todo en el ámbito de la edificación en España es la LOE, Ley de Ordenación de la Edificación. Sin entrar en aspectos técnicos -no es su cometido-, la LOE fija una serie de obligaciones y responsabilidades de los agentes intervinientes. Al mismo tiempo marca unos requisitos básicos en cuanto a funcionalidad, seguridad y habitabilidad que posteriormente el Código Técnico de la Edificación se encargará de convertir en exigencias concretas y técnicas que deben cumplir los edificios construidos.

Es, en resumen, una Ley que busca proteger al usuario de un edificio -en realidad todos lo somos- o al adquiriente poniendo el listón en cuanto a las prestaciones -este concepto es el fundamental- que debe tener un edificio y quién es el responsable de garantizarlo -técnicos proyectistas, directores de obra, promotores, constructores, etc-.

 

Carácter del CTE, una norma basada en exigencias

El Código Técnico de la Edificación convertirá los objetivos generales de la LOE en exigencias concretas. Por poner un ejemplo del proceso, la LOE marca como objetivo la “accesibilidad” que permita a las personas con movilidad reducida “en los términos previstos en su normativa específica” el acceso y circulación por el edificio. El CTE se encargará de definir, qué tipo de edificios -según su uso y dimensión- deberán ser accesibles y en cuáles de sus dependencias -algunas podrán no serlo-, se encargará de fijar las condiciones que convierten un espacio en accesibles (medidas, pendientes, cómo es una aseo adaptado, un ascensor adaptado, etc).

Es importante destacar que el CTE, a diferencia de las normativas anteriores a la LOE, marca unas exigencias a cumplir, no unas soluciones concretas. Es decir, la manera en que el edificio cumpla la exigencia no es objeto de la norma siempre que se pueda justificar (de manera técnica) que alcanza el mínimo fijado. Se han homologado una serie de soluciones constructivas concretas que garantizan el cumplimiento pero el proyectista o director de obras son libres de usar cualquier otra con tal de que la prestación conseguida sea equiparable.

 

Estructura del CTE, los Documentos Básicos

Cada normativa que forma parte del Código Técnico de la Edificación se denomina Documento Básico. Hay Documentos Básicos dedicados a dos tipos de objetivos:

1. Documentos Básicos dedicados a la Seguridad:

- Seguridad Estructural. Dividido a su vez en estructuras metálicas, estructuras de madera, estructuras de fábrica, cimientos y acciones en la edificación. Sustituye a la NBE-AE-88 y Eurocódigos.

- Seguridad en Caso de Incendio. Que sustituye a la anterior NBE-CPI-96 y marca exigencias en cuanto a evacuación de ocupantes, instalaciones de protección, etc.

- Seguridad de Utilización y Accesibilidad. De nueva creación, que no tiene precedentes normativos y fija objetivos en cuanto a características de los espacios, circulaciones, etc.

2. Documentos Básicos dedicados a la Habitabilidad:

- Salubridad. Contiene exigencias en cuanto a ventilación, evacuación de aguas, impermeabilización, humedad, etc.

- Protección frente al ruido. Sustituye a la NBE-CA-88 y define los aislamientos acústicos dentro y fuera del edificio.

- Ahorro de energía. Trata la eficiencia energética de los edificios y sus instalaciones, la utilización de energías renovables o el ahorro de energía en el proceso constructivo.

Es importante destacar que cada Documento Básico, y dentro de cada Documento cada apartado, tiene su propio ámbito de aplicación con lo que, en un mismo edificio unos DBs pueden ser aplicables y otros no, en función de sus características (uso, dimensión, preexistencias).

 

Virtudes y defectos del CTE.

La gran ventaja que ha representado el Código Técnico de la Edificación es la unificación en una normativa -aunque conste de varias- de lo que anteriormente era una amalgama de reglamentos, con carácter disperso. Es evidente que se ha ganado en claridad y, sobre todo, se ha conseguido como resultado de la aplicación de las exigencias un parque edificado de mayor calidad para el usuario.

No obstante, queremos hacer aquí 3 críticas al CTE:

1. Desde su lanzamiento, en 2006, se han revisado, retocado, modificado u alterado casi todos los DBs y alguno de ellos varias veces. Se ha debido a poca previsión de futuro por parte de los organismos redactores, cambios de criterio o poca versatilidad de la norma para adaptarse a los casos reales.

2. En ocasiones, algunas exigencias marcadas por un DB son enfrentadas a otras o perjudiciales para conseguir exigencias de otro DB. Por ejemplo, las exigencias de ventilación forzada son difícilmente compatibles con las de aislamiento térmico o acústico. Da la impresión que algún Documento Básico se hubiera redactado a espaldas de otro.

3. Ocurre también que algunas exigencias no son acordes a la realidad constructiva de la zona o a la economía de medios. Esto ocurre porque se han trasladado y hecho propias algunas exigencias típicas de otras latitudes -y por tanto otras necesidades- y otras posibilidades económicas.